Normativa ECR44 sobre seguridad de butacas
En la inmensa mayoría de los países –como sucede con otros productos– para que un asiento infantil de seguridad pueda ponerse a la venta es necesario que su fabricante demuestre que es capaz de superar ciertas pruebas de seguridad.
Lamentablemente no es el caso de la Argentina que permite la venta de cualquier tipo de Butaca independientemente de si ha sido testeada o no.
Brasil y Chile tienen sus propias normativas compatibles con la ECE R44.
En concreto, en Europa, los fabricantes de asientos infantiles deben acudir a un laboratorio de pruebas acreditado para demostrar que la sillita de bebé cumple con los requisitos incluidos en el reglamento 44, versión 04, elaborado por la Comisión Económica para Europa (un organismo que depende de la Organización de las Naciones Unidas): el reglamento CEE R44/04 oECE R44/04. En Estados Unidos, Canadá, Australia… existen normas similares, aunque contienen algunas diferencias.
En los EEUU se rigen por las exigencias que establece la FMVSS (Federal Motor Vehicle Safety Standards)
El análisis de la seguridad de los asientos infantiles que exige la normativa europea incluye:
- Una prueba de choque frontal a 50 km/h. Para comprobar el nivel de protección que ofrece el asiento infantil, se instala en el mismo un maniquí o un CrushDumy que representa a un niño y que mide el desplazamiento y los esfuerzos sobre el cuerpo del niño (cabeza, cuello, pecho…).
- Una prueba de alcance trasero a 30 km/h. Diversas pruebas sobre la hebilla de cierre del asiento, para comprobar que puede abrirse con facilidad después de un accidente pero que, al mismo tiempo, no resulta demasiado fácil de abrir por un niño (para evitar en la medida de lo posible que el propio niño se desabroche).
- Un análisis del diseño del asiento, para garantizar que no haya bordes cortantes, o piezas rígidas sin protección.
- Un estudio del cinturón o arnés del asiento, para comprobar que puede ajustarse con seguridad a la complexión de niños de diferentes estaturas y pesos.
- Otros requisitos como el comportamiento al fuego de los materiales, rellenos ignífugos y/o con tetardantes de llama, la resistencia a la corrosión de las partes metálicas, la toxicidad de diversos componentes…
Por el momento, la normativa de homologación europea actual no incluye ninguna prueba de impacto lateral. Favorecido por ello, sigue habiendo asientos infantiles que apenas ofrecen protección en caso de colisión lateral. Los clubes de automovilistas y asociaciones de consumidores europeos, sin embargo, incluyen pruebas de colisión lateral en sus estudios comparativos independientes. En cualquier caso, la recomendación es que no se utilicen asientos infantiles que carezcan de protección lateral como, por ejemplo, cojines elevadores que sólo consten de una base sobre la que se sienta el niño.
Los últimos dígitos de la norma ECE R44/04, los dos dígitos “04″, indican que el asiento ha sido homologado atendiendo a la cuarta versión de la norma, la cual entró en vigor en junio de 2005 e impone que todos los asientos fabricados a partir de junio de 2008 cumplan con esta versión (la cuarta). Originalmente, l normativa ECE R44 fue aprobada en el año 1982 y desde entonces ha sido revisada en tres ocasiones para mejorarla y adaptarla a los avances técnicos. Desde la primavera de 2008, en Europa ya no se permite el uso de asientos aprobados según las dos primeras versiones de la norma: ECE R44/01 y ECE R44/02. En España, además, en la actualidad tampoco se permite ya la venta de asientos infantiles homologados según la versión de la norma ECE R44/03.
La normativa ECE R44/04 establece los siguientes tipos o grupos de asientos en función del peso del bebé o el niño (el peso es el parámetro más importante: no es lo mismo tener que sujetar durante un accidente a un niño de 10 kg de peso, por ejemplo, que a otro de 22 kg)
Los asientos infantiles, dependiendo de si pueden ser instalados en todos, la mayoría, o sólo algunos modelos de automóviles, se clasifican del siguiente modo:
Los asientos infantiles homologados según la normativa ECE R44 deben mostrar en un lugar visible la siguiente “etiqueta de homologación”, que es la garantía de que el producto ha superado las pruebas exigidas y es seguro:
ALGUNAS FECHAS CLAVE EN LA NORMATIVA DE HOMOLOGACIÓN DE ASIENTOS:
- Año 1982, se aprueba la primera versión del reglamento 44: la ECE R44/01
- Año 1995, entra en vigor la tercera versión del reglamento 44: la ECE R44/03
- Año 2005, entra en vigor la cuarta versión del reglamento 44: la ECE R44/04
- A partir de abril de 2008, ya no se pueden utilizar asientos homologados según las dos primeras versiones ECE R44/01 y ECE R44/02 (además, en España en la actualidad ya no se pueden vender asientos homologados según la tercera versión ECE R44/03).
Fuente:www.butacasegura.com